En fallo unánime.
Corte de Santiago ordena a hospital pagar remuneraciones adeudadas a químicos farmacéuticos.
El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar, tras establecer que si bien los concursos resultan contrarios a la normativa vigente, los recurrentes deben recibir las remuneraciones por el tiempo que estuvieron ejerciendo los cargos.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió recursos de protección y ordenó pagar las remuneraciones a grupo de químicos farmacéuticos contratados a contrata mediante concursos fuera de norma por el Hospital Félix Bulnes Cerda.
La sentencia indica que como se advierte de la normativa que se aporta a estos antecedentes y que no ha sido desconocida, las contrataciones de químicos farmacéuticos, según ha sido dispuesto por la Subsecretaría de Redes Asistenciales, se encuentra expresamente excluida de la realización de turnos bajo la modalidad de 24 horas, porque las unidades de apoyo a la gestión clínica -en la especie, farmacias- no han sido consideradas.
La resolución agrega que en tal virtud, su contratación no era procedente en los términos previstos en las bases del concurso en el que participaron los actores. En efecto, el llamado a concurso conforme a las bases antes indicadas, contraviniendo la normativa regulatoria vigente, no resultaba procedente.
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