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España: absuelven a un acusado de desobediencia civil que fue a la iglesia y comprar en el supermercado.

La iglesia, tal y como manifestaron los guardias civiles en el juicio, estaba abierta para rezar, por lo que el acusado no fue sancionado.

25 de mayo de 2020

Un Juzgado español ha absuelto a un vecino de A Coruña que fue sorprendido por policías el 12 de abril de 2020, en las inmediaciones de una iglesia, quién les comunicó que iba al templo a practicar actos de culto, por lo que le dejaron entrar. Transcurridos unos minutos, los funcionarios lo localizaron cerca de un parque y, al preguntarle por su presencia en la vía pública, les dijo que iba a un supermercado.
El tribunal absolvió al acusado del delito de desobediencia porque destaca que asistir a lugares de culto no está prohibido por el Decreto que establece el estado de alarma, señalando que “Puede ser dudosa la redacción de su artículo 7, pero en materia de limitación de derechos, y más cuando se trata de derechos fundamentales, hay que considerar que lo que no está expresamente prohibido, está permitido”.
La iglesia, tal y como manifestaron los guardias civiles en el juicio, estaba abierta para rezar, por lo que el acusado no fue sancionado. “El hecho de que unos minutos después saliera y les manifestara que iba a comprar alimentos tampoco constituye una conducta sancionable, al estar permitida expresamente por el real decreto”, señala el juez, quien asegura que, además, el hombre disponía de doce euros en efectivo para comprar. “No ha quedado demostrado que no fuera a un supermercado, aunque caminara en dirección contraria a su domicilio”, recalca el titular del Juzgado de lo Penal de A Coruña, quien recuerda que el decreto de alarma “tampoco obliga a comprar en el supermercado más cercano”.
El encausado ya había sido condenado al pago de una multa de 360 euros tras reconocer haber salido a la calle sin justificación el 8 de abril. Ese día fue interceptado en tres ocasiones por agentes, en diferentes calles de la ciudad, los funcionarios le advirtieron reiteradamente de que debía irse a su domicilio. La tercera vez lo detuvieron tras comprobar que había sido denunciado administrativamente en dos ocasiones en días anteriores por el mismo motivo.

Vea texto íntegro del comunicado del Poder Judicial de España.

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