Segunda Sala.
TC declara inadmisible inaplicabilidad que impugnó norma que limitaría medios de captura de la jibia.
Se concluye que el requerimiento deducido adolece de falta de fundamento plausible, configurándose la causal prevista en el artículo 84 N° 6 de la LOCTC.

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, que impugna el artículo 5°, inciso tercero, del Decreto Supremo N° 430., de 1992, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (Ley General de Pesca y Acuicultura).
El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, la prohibición de la captura de jibia por medio de cualquier aparejo o arte de pesca que no sea la potera o línea de mano.
La gestión pendiente incide en autos de declaración de mera certeza y de nulidad de derecho público, deducida por la requirente en contra del Fisco de Chile, con el objetivo que se declare: (1) Que la Ley N° 21.134 no se aplica con efecto retroactivo; (2) Que los Certificados para la transferencia de nave pesquera autorizada por resolución de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, adolecen de un vicio de nulidad de derecho público; y (3) Que de estimarse que la referida ley se aplica con efecto retroactivo, igualmente PacificBlu, está habilitada para seguir desarrollando actividades pesqueras extractivas sobre el recurso jibia con el arte de pesca de arrastre.
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Admite a trámite.
Segunda Sala del TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que no permite interponer acción rescisoria por lesión enorme a deudores sujetos a ejecución de bienes inmuebles vendidos por Ministerio de Justicia.

Primera Sala.
Pretenden inaplicabilidad de norma del Código de Minería que restringe apelación de algunas resoluciones en causa en la que Compañía Minera es demandante.

Por unanimidad.
CS declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia contra sentencia que acogió tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido de productor de programas contra canal de televisión.

