Divorcio culposo.
TC deberá pronunciarse respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna norma que establece como causal de divorcio la conducta homosexual.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

El Tribunal Constitucional, luego de escuchar los alegatos de las partes, declaró la admisibilidad un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 54 N° 4, de la Ley N° 19.947, sobre Matrimonio Civil.
El precepto impugnado, en síntesis, establece las causales del divorcio culposo, en que uno de los cónyuges, por falta imputable al otro, podrá demandar el divorcio. El numeral cuarto que se cuestiona señala que se incurre en dicha causal cuando ocurre una conducta homosexual.
La gestión pendiente incide en autos civiles, sobre divorcio por culpa, de que conoce el Juzgado de Familia de Coquimbo, en los que se ha solicitado el término del vínculo matrimonial por uno de los cónyuges, ante el descubrimiento de conductas homosexuales del otro.
Temas
Te puede interesar

Debido proceso.
TC declaró admisible inaplicabilidad que impugna normas que prohíben solicitar el abandono del procedimiento en juicio ejecutivo laboral en contra de farmacia.

Sala Plena.
CC de Colombia declaró inconstitucional reducción de prestación del servicio de televisión abierta por Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Régimen de subcontratación.
Si la procedencia del lucro cesante aparece fundada en hechos ciertos, no debe ser impedimento para declararlo el que su avaluación tenga que hacerse, sobre la base de un cálculo de probabilidades.

