Por unanimidad.
CS señaló que se encuentra habilitada para adoptar todas las medidas que estime conducentes para otorgar la debida protección a todos quienes hayan visto amagados sus derechos constitucionales.
La Corte Suprema señaló que, aquello planteado en el recurso requiere ciertamente una solución integral, efectiva y eficaz.

Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Valdivia y acogió un recurso de protección deducido por funcionarios de la Unidad Hospitalaria de Cuidados Intensivos Psiquiátricos en contra del SENAME de la Región de Los Ríos frente a la amenaza de que jóvenes infractores tomen venganza en contra de un paciente que se encuentra hospitalizado en la unidad.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del SENAME de la Región de Los Ríos, de Gendarmería de Chile y del Servicio de Salud de Valdivia, en vista de que en la Unidad Hospitalaria de Cuidados Intensivos Psiquiátricos, se encuentra un paciente hospitalizado que, cometió un delito de homicidio, que cumple su condena en el Centro de Internación Provisoria y Régimen Cerrado de Valdivia (CIP-CRC), cuyas instalaciones son contiguas. En las dependencias del CIP-CRC Valdivia se encuentran otros adolescentes infractores, que han manifestado intención de cobrar venganza por la muerte de la víctima de dicho homicidio, razón por la cual han trepado los techos de la unidad hospitalaria, burlando medidas de seguridad, encendiendo fogatas y tratando de hacer ingreso por los tragaluces, poniendo en riesgo la integridad de los actores.
Los recurrentes estimaron vulneradas su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 1.
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Por unanimidad.
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