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CS confirmó sentencia que desestimó acción de protección luego de que SERVIU dispusiera aumento de obra y habilitara ingreso de vehículos.

La recurrida reconoció el problema.

13 de agosto de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valparaíso y rechazó un recurso de protección deducido por las empresas Prosegur Gestión de Activos Chile Limitada, Servicios Prosegur Limitada y Empresa de Transportes Compañía de Seguridad de Chile Limitada, dedujeron recurso de protección en contra del Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU) de la Región de Valparaíso, por el acto consistente en la realización de obras para pavimentar la calle Tupungato.

La Corte Suprema deja establecido en su sentencia que, consta del recurso que la recurrida ha reconocido el problema que aqueja a las actoras y ha dispuesto las medidas necesarias para permitir el adecuado desplazamiento de los vehículos, mediante la tramitación de la correspondiente obra extraordinaria cuya contratación se solicitó a la autoridad administrativa, a fin de solucionar la situación.

Atentos a la petición del recurrente y lo indicado precedentemente, el fallo señala que el hecho que la recurrida admitió las consecuencias que para la actora generó la pavimentación posterior, disponiendo el correspondiente aumento de obra, que permite conciliar ambos proyectos y habilita a las recurrentes para el ingreso de vehículos a su propiedad, impide el acogimiento del recurso, en aquello que respecta a esta acción de naturaleza eminentemente cautelar, sin que existan medidas que la Corte pueda adoptar sobre el particular.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol Nº 50.628-2020 y de la Corte de Valparaíso Rol Nº 41182-2019.

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