Diario Constitucional

Asignación de traslado.

CGR determinó que procede conceder al cónyuge, conviviente civil o, a herederos de funcionario del servicio exterior del MINREL, que haya fallecido en el extranjero, la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales.

Esto, a propósito de consulta efectuada por la Subsecretaría de Relaciones Exteriores.

Por Redacción·25 de agosto de 2020·3 min de lectura
CGR determinó que procede conceder al cónyuge, conviviente civil o, a herederos de funcionario del servicio exterior del MINREL, que haya fallecido en el extranjero, la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales.
Referencial

Se dirigió a la Contraloría General de la República, la Subsecretaría de Relaciones Exteriores solicitando que se determine la procedencia de pagar al cónyuge, conviviente civil o herederos de un funcionario de la Planta del Servicio Exterior que haya fallecido cuando se encontraba cumpliendo servicios en el extranjero, la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales -conocida comúnmente como asignación de flete o derecho a flete-, que contempla el artículo 46 del decreto con fuerza de ley N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Estatuto del Personal de esa Secretaría de Estado, a la luz de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 55 de esa normativa, que fue reemplazado por el artículo 53, N° 22, de la ley N° 21.080.

Requerida, la Dirección de Presupuestos señala que, en su opinión, de la historia fidedigna del establecimiento de la citada ley N° 21.080 se puede deducir que la intención del legislador fue la de otorgar al cónyuge, conviviente civil, o en su defecto a los herederos de un funcionario fallecido en el exterior, tanto el estipendio previsto en el artículo 40 del decreto con fuerza de ley N° 33, de 1979 – asignación por cambio de residencia-, como aquel regulado en el artículo 46 de ese cuerpo normativo, en las mismas condiciones establecidas al momento de la destinación.

Al respecto, el ente contralor adujo que según consta del Primer Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, de 10 de agosto de 2017, dentro de los aspectos financieros vinculados al proyecto de la señalada ley se contempló, entre otros gastos, “el derecho a flete y adscripción por caso de fallecimiento”, lo que fue posteriormente reiterado por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, quien resaltó el hecho de que ese proyecto concedía, entre otros, el “derecho a percibir la asignación por concepto de flete e instalación que se otorga al momento de la adscripción, extensible al conviviente civil, en caso de fallecimiento en el exterior del funcionario”.

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