Consulta Pueblos Indígenas.
CGR determinó que Decreto del MINEDUC que reglamenta la calidad de educador tradicional ha sido dictado en conformidad a la normativa aplicable.
La Asociación Gremial de Profesores de Educación Intercultural y Enseñanza de Mapuzugun alegaba que dicho Decreto no habría recogido la figura de la co-enseñanza de la asignatura de lengua indígena por parte de un educador tradicional y un docente de educación básica intercultural o profesor mentor.

Se dirigió a la Contraloría General de la República, la Asociación Gremial de Profesores de Educación Intercultural y Enseñanza de Mapuzugun, solicitando un pronunciamiento sobre la legalidad del decreto supremo N° 301, de 2017, del Ministerio de Educación, MINEDUC, que reglamenta la calidad de educador tradicional, por cuanto estiman que es inconsulto al no haberse considerado a todas las partes en su creación e implementación, habiéndose luego determinado la improcedencia de una nueva consulta sobre la materia. Agregan que no habría recogido la figura de la co-enseñanza de la asignatura de lengua indígena por parte de un educador tradicional y un docente de educación básica intercultural o profesor mentor.
Asimismo, requieren que se determine la legalidad de dicho decreto en relación con las normas vigentes para el mes de marzo de 2020, y la calidad contractual que debe tener un educador tradicional. Además, reclaman que en el marco del proceso de validación y acreditación de educadores tradicionales llevado a cabo en el año 2019 en virtud del aludido reglamento, el pertinente instrumento de evaluación requerido para ello no habría sido diseñado como lo determina aquél.
Requeridos al efecto, los Ministerios de Educación y de Desarrollo Social y Familia, informaron acerca de cada una de las temáticas reclamadas por las recurrentes, en lo que corresponde.
Te puede interesar

Procedencia renuncia socio.
CGR determinó que no procede renuncia de funcionario de Carabineros de Chile al fondo de Ahorro Habitacional, para efectos de retirar los aportes efectuados.

Municipalidad de San Pedro.
CGR determinó que quórum establecido para aprobar propuestas del alcalde no es extensivo al rechazo de estas, las que cabe considerar desechadas cuando la proporción de votos favorables para que haya acuerdo no es lograda.

Igualdad ante la ley y debido proceso.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que establece la no intervención de Contraloría en asuntos sometidos al conocimiento de Tribunales de Justicia.

