Demanda de vulneración de derechos rechazada.
Comunicación de no renovación de la contrata aparece justificada pues responde a una modificación en la unidad de geriatría en base a protocolos provenientes del Ministerio de Salud.
Esa modificación se traduce en disminución de las camas y de horas médicas, lo que genera la reducción de los cargos médicos.

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó la demanda de vulneración de derechos con ocasión del despido interpuesta por el médico en contra del Servicio de Salud por la terminación de su contrata, al acreditarse que se implementó una modificación en la unidad de geriatría en base a protocolos provenientes del Ministerio de Salud, destinado a establecer un manejo estandarizado y de calidad. Así, la comunicación de no renovación de la contrata del actor, precisamente justifica esta decisión en esta modificación que significa una reducción de las camas en la unidad y con ello de las horas médicas, lo que genera como consecuencia la reducción de los cargos médicos necesarios.
Añade el fallo que las probanzas rendidas por la demandada descartan el móvil xenofóbico, toda vez que ha acreditado que en el Hospital trabajaban más de 100 médicos extranjeros, de distintas nacionalidades, muchos de ellos de la misma nacionalidad que el actor. La circunstancia de que actualmente los médicos que conforman el equipo de Geriatría sean de nacionalidad chilena, sólo sirvió a nivel indiciario, pues no ha sido parte del juicio los méritos y capacidades que presentan los actuales profesionales que se desempeñan en la unidad, como para concluir que la nacionalidad ha sido un factor tomado en cuenta para su contratación.
La sentencia agrega que si bien no se ha acreditado por la demandada que el demandante haya incurrido en alguna irregularidad, ni en incumplimientos contractuales, ni a las obligaciones que provienen desde la disciplina médica que ejerce, ello no significa como correlato que el despido sea discriminatorio, ni que ello exprese con suficiencia una conducta de acoso laboral.
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