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Hospital San Juan de Dios
Ley Nº21.267.

Ley que establece medidas para facilitar la adquisición de remedios durante una epidemia fue publicada en el Diario Oficial.

Permite la utilización de la receta digital.

24 de septiembre de 2020

La Ley Nº21.267, originada en moción de las Senadoras Luz Ebensperger y Carolina Goic, en conjunto a los Senadores Guido Girardi, Francisco Chahuán y Rabindranath Quinteros, tiene por objeto que la adquisición de medicamentos pueda realizarse mediante receta electrónica y extender la validez de esta.

En su exposición de motivos la iniciativa señala que la gran mayoría de la población obtiene sus recetas o medicamentos a través de los hospitales y farmacias, aumentando el contagio y exponiéndolos gravemente a contraer el virus del covid-19, por lo que la entrega de una receta electrónica permite realizar este trámite de forma segura.

La ley establece que en caso de decretarse una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia, los productos farmacéuticos podrán ser expendidos por cualquier establecimiento autorizado para ello, mostrando una copia de la receta médica ya sea en formato físico o digital. Además, extiende la vigencia de las recetas, de forma que las que hayan sido extendidas dentro de los 6 meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria y las emitidas durante la alerta, tendrán validez durante 6 meses después del término de la alerta sanitaria.

Vea texto íntegro de la Ley Nº21.267.

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