En fallo unánime.
Corte de Talca rechaza recurso de protección de apoderados que solicitaban al colegio Curicó la suspensión o rebaja de aranceles por los servicios educacionales en tanto no se regularicen las actividades en la forma contratada.
El Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción proteccional, tras establecer que el establecimiento no ha incurrido en ilegalidad, arbitrariedad que afecte alguna de las garantías constitucionales que los reclamantes estiman conculcadas.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de protección presentado en contra Fundación Educacional ST de Curicó (Colegio Santo Tomás), por grupo de apoderados que solicitaban al establecimiento la suspensión o rebaja de aranceles por los servicios educacionales en tanto no se regularicen las actividades en la forma contratada.
La sentencia indica que, ante tal situación, no resulta posible a través de este medio de urgencia, ordenar que la recurrida deje de cobrar las mensualidades correspondientes y menos decretar una rebaja de ellas, pues son múltiples las variables que deben considerarse para pronunciarse acerca de esto, inviables de examinarse en este procedimiento especial.
La resolución agrega que, se requiere, justamente, de un juicio de lato conocimiento de carácter civil, o, en su caso, uno en sede de policía local en base a la Ley 19.496 o en el que elija quien ejerza la acción, que permita debate, acopio de pruebas, revisión de las estipulaciones contractuales y de las condiciones personales y/o familiares invocadas más arriba, etc.,, y porque, luego de ello, deben ponderarse los efectos legales producidos por la pandemia, por las medidas impuestas por la autoridad y por el propio colegio, en el marco, asimismo, del cumplimiento de los protocolos oficiales habidos sobre el particular, en atención al vínculo de fondo sobre el cual se basa el recurso.
Te puede interesar

En fallo unánime.
CS revocó sentencia y declaró admisible acción de protección de ex funcionario público en contra de AFP por negativa al pago retroactivo de su pensión desde el cese de funciones.

Recurso de protección acogido.
La imputación de hechos delictivos en contra de una persona por medio de las redes sociales afecta su derecho a la honra.

Presuntos delitos.
A través de la acción de protección no se pueden modificar las decisiones que han pronunciado los tribunales ordinarios de justicia, menos cuando la afectación que se alega no ha sido acreditada por la vía legal correspondiente.

