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Materia de ley.

CGR determinó que funcionarios públicos que desempeñan sus labores de forma remota o a distancia como consecuencia de la emergencia sanitaria que afecta al país, no tienen derecho a bono por gastos adicionales.

El ente contralor adujo que, al encontrarse la materia consultada dentro del dominio o reserva legal, no procede, por medio de la vía jurisprudencial, otorgar a los funcionarios estipendios que no se hallen expresamente establecidos en una norma de rango legal.

14 de octubre de 2020

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, el Instituto Nacional de Estadísticas -INE- solicitando un pronunciamiento que determine si corresponde pagar un bono de compensación, por los mayores gastos en servicios básicos en que han debido incurrir los funcionarios que se encuentran desempeñando sus labores bajo la modalidad de trabajo remoto o a distancia, como consecuencia de la crisis sanitaria por brote del COVID-19 que afecta al país.

Por otra parte, una funcionaria de la Dirección del Trabajo, en el mismo contexto, solicita que ese servicio compense los gastos que han debido solventar los servidores que se encuentran desempeñando sus labores en la referida modalidad, derivados de la falta de internet en sus domicilios, de equipos computacionales y de telefonía, necesarios para el ejercicio de sus funciones.

Al respecto, el ente contralor adujo que de conformidad con lo previsto en los artículos 63, Nº 14, y 65, inciso cuarto, Nº 4, de la Constitución Política, y en armonía con el criterio sostenido por los dictámenes Nºs. 32.645 y 84.175, ambos de 2013, de este Órgano de Control, el otorgamiento y la modificación de cualquier clase de remuneraciones al personal de la Administración del Estado, es materia de ley de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

A continuación, el dictamen expresó que de acuerdo con lo manifestado por los recurrentes, como consecuencia de la crisis sanitaria que afecta al país, tanto el INE como la Dirección del Trabajo habrían dispuesto la modalidad de trabajo remoto respecto de los funcionarios que cumplen labores que efectivamente pueden ser realizadas desde sus domicilios, situación que habría provocado que esos servidores hayan debido incurrir en mayores gastos para solventar: la adquisición de equipos computacionales, internet, telefonía móvil, consumo de servicios básicos, entre otros.

Posteriormente, Contraloría expuso que, no obstante, cabe precisar que no se observa disposición legal que establezca un bono de compensación por los mayores gastos referidos en el párrafo precedente.

Finalmente, el órgano contralor expresó que, en razón de lo expuesto, cabe concluir que, al encontrarse la materia consultada dentro del dominio o reserva legal, no procede, por medio de la vía jurisprudencial, otorgar a los funcionarios por los que se consulta estipendios que no se hallen expresamente establecidos en una norma de rango legal, por lo que corresponde desestimar las solicitudes de los recurrentes.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº E 40.341-20.

 

 

 

 

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