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Sin Consulta Indígena.

Primer Tribunal Ambiental declara admisible reclamación deducida por Asociación Indígena contra evaluación ambiental favorable de proyecto de adecuaciones en terrenos de Minera.

El proyecto reclamado contempla el depósito de los estériles (minerales de baja ley) en 87,3 hectáreas adicionales, lo que representa una capacidad extra de 86 millones de toneladas; además el tratamiento de la superficie de rodado de los caminos internos de la faena y la extensión de zonas intramuros del campamento de la minera.

21 de octubre de 2020

 

El Primer Tribunal Ambiental declaró la admisibilidad de una reclamación deducida por la Asociación Indígena de Pozo Almonte, en contra de la evaluación favorable de un proyecto de adecuaciones de Minera Cerro Colorado.

La asociación reclamante arguye que, el proyecto “Adecuaciones en depósitos de lastra, caminos internos y campamento», aumentará el aporte de material particulado al aire, el ruido por la remoción, traslado y ampliación de la capacidad del botadero, lo que además, contaminará las napas y las aguas de las quebradas que alimentan las actividades agrícolas y formas de vida de la comunidad. Además, alegan que el mismo proyecto, que ingresó a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), es una modificación a la continuidad operacional de Cerro Colorado, lo que intensifica las operaciones y procesos de la explotación de cobre de la minera. Y sin perjuicio de ello, no se evaluaron los impactos acumulativos de ambas iniciativas.

Luego, la reclamación que pretende la invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental, señala que su fundamento reside en que la referida calificación se otorgó sin la realización de una consulta indígena, que no efectuaron reuniones con la asociación reclamante de Pozo Almonte, que no se cumplió con las normas sobre información y participación ciudadana; y que no se evaluaron los impactos que se pueden generar en la salud de las personas y tampoco los que se podrían producir sobre los sitios arqueológicos.

En consecuencia, se solicita al Tribunal Ambiental que ordene la anulación de la resolución que resuelve el proceso de invalidación administrativa de la RCA, del proyecto de la Minera, y consiguientemente ordenar la nulidad de la resolución que aprobó el referido proyectos y demás medidas que estime pertinente.

 

Vea texto íntegro de la reclamación, Rol R-39-2020.

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