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Imagen: Ejército de Chile
Moción.

Aprueban legislar proyecto de ley que excluye de la jurisdicción militar el conocimiento de las causas por delitos comunes cometidos por militares, entregándolo a la justicia ordinaria.

La iniciativa fue devuelta a la Comisión de Defensa para un segundo informe.

22 de octubre de 2020

La Sala de la Cámara aprobó solo en general el proyecto de ley, patrocinado por la Diputada Fernández, en conjunto con los Diputados Brito, Desbordes, Eguiguren, Matta, Pérez, Rosas, Teillier, Tohá y Walker, y presentado en abril de 2019, que propone modificar el Código de Justicia Militar, para excluir de la jurisdicción militar el conocimiento de las causas por delitos comunes cometidos por militares, y entregarlo a la justicia ordinaria.

El proyecto se fundamenta que el citado Código requiere una actualización de sus normas, de modo que garantice un debido proceso en el procedimiento militar. Independientemente que los civiles hayan sido excluidos, se debe tener presente que los militares, que siguen sometidos a la jurisdicción castrense, no gozan de todas las garantías procesales que asegura el proceso penal acusatorio.

La iniciativa modifica el artículo 5º del Código de Justicia Militar para disponer que a la jurisdicción militar le corresponde el conocimiento de los delitos exclusivamente militares, es decir, aquellos que lesionen únicamente bienes jurídicos militares y que estén contemplados en este Código y en otras leyes especiales, que sometan su conocimiento a los tribunales militares.

Estos tribunales conocerán también de las causas por infracciones contempladas en el Código Aeronáutico, en el Decreto Ley 2.306, sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas, y en la Ley Nº18.953, sobre Movilización, aun cuando los agentes fuesen exclusivamente civiles.

El proyecto indica que corresponderá siempre a los tribunales ordinarios con competencia en lo penal, el conocimiento y juzgamiento de los delitos comunes que cometan militares, incluso respecto de otros militares, sean estos personas naturales o personas jurídicas, reparticiones o dependencias de las instituciones armadas.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, aprobado en general y remitido para un segundo análisis por Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro del Boletín Nº12519-02.

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