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Corte de San Miguel
Infringió la ley de urbanismo y construcción.

Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia que condenó a inmobiliaria al levantar una obra destinada a uso educacional sin contar con permiso de edificación ni recepción municipal.

El Tribunal de alzada ratificó la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Policía Local de Calera de Tango, con declaración que la multa impuesta se rebaja a $5.000.000.

5 de noviembre de 2020

La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia que condenó a la Inmobiliaria El Nocedal S.A. por infringir la ley de urbanismo y construcción, al levantar una obra destinada a uso educacional sin contar con permiso de edificación ni recepción municipal, en la comuna de Calera de Tango.

La sentencia indica que con el mérito de los antecedentes agregados a la causa, en los que se refleja el origen y finalidad de la obra materia de la infracción, la naturaleza de las funciones de la infractora, así como la conducta evidenciada por su parte al presentarse ante la autoridad para dar cuenta y obtener la aprobación de la construcción, y el principio de proporcionalidad de las sanciones, se hará lugar a la rebaja solicitada por la apelante respecto de la sanción determinada por el juez de primer grado, en la proporción que se puntualizará a continuación, en lo resolutivo.

Por tanto, se resuelve que se confirma la sentencia apelada de dieciséis de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Policía Local de Calera de Tango en causa Rol N° 317- 2020 MJ, con declaración que la multa impuesta a Inmobiliaria El Nocedal S.A. queda fijada en $5.000.000 en su equivalente porcentual del presupuesto de la obra.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº184-2020

 

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