Mala aplicación de la lex artis.
Juzgado Civil de Santiago condenó a hospital a pagar una indemnización de $40.000.000 por el mal tratamiento brindado a paciente que sufrió un accidente cerebro vascular.
El Tribunal estableció la responsabilidad del centro asistencia en las secuelas provocadas al paciente, como la pérdida invalidante de visión.

El Duodécimo Juzgado Civil de Santiago condenó al Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río (exPosta Central) a pagar una indemnización de $40.000.000 por el mal tratamiento brindado a paciente que sufrió un accidente cerebro vascular (ACV), en agosto de 2016.
La sentencia indica que, en lo referente a la relación de causalidad, como ya se adelantó en el motivo anterior, el ACV sufrido por el actor, y raíz del que perdió el campo visual del ojo izquierdo y que motivó su declaración de incapacidad por la autoridad médica pertinente, se estaba desarrollando cuando el actor ingresó a la Posta demandada el 28 de agosto de 2016, y no fue advertido por los médicos de esta, por una mala aplicación de la lex artis. Sin embargo, en el primer ACV, el del 06 de agosto de 2016, el actor si fue atendido conforme el protocolo que debe seguirse en dichos casos y que entrega la guía del Minsal. El resultado del diagnóstico acertado y el tratamiento adecuado fue que el actor no sufrió las complicaciones (heminopsia), ni otras, que si experimentó cuando no se le diagnosticó acertadamente el ACV y, por ende, no se le aplicó el tratamiento indicado para esos casos.
Razona que por ello, es dable señalar que si se suprime mentalmente la causa (mal diagnóstico y mal tratamiento de un ACV) el daño sufrido por el actor (heminopsia homónima izquierda, o sea la pérdida del campo visual de su ojo izquierdo) este resultado dañoso, no se habría producido.
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