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Corte Suprema.
En fallo unánime.

CS acoge recurso de protección y ordena a Banco Estado permitir que cliente retire la totalidad de los fondos de su Cuenta Rut.

La recurrente no había podido disponer libremente de los fondos en su cuenta por causas que no le eran imputables.

9 de diciembre de 2020

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán que acogió un recurso de protección en contra de Banco Estado y le ordena a la entidad bancaria que permita a la recurrente el retiro inmediato de la totalidad del dinero depositado en su Cuenta Rut y dejar debidamente operativa dicha cuenta para su debido y convenido uso.

El conflicto surgió luego que la actora intentara fallidamente acceder a los fondos que tenía depositados en su Cuenta Rut, los cuales no podía retirar, ni transferir a otras cuentas, ante lo cual la entidad bancaria no le entregó ninguna solución que le permitiera el retiro de los fondos, limitándose a responder que su cuenta se encontraba bloqueada.

La Corte de Chillán expuso en su fallo que de la revisión de la cartola histórica correspondiente a la Cuenta Rut de la recurrente, es posible apreciar que no ha podido disponer libremente de sus fondos, intentando la clienta acceder a su Cuenta Rut por múltiples vías, registrándose que la recurrente reclamó aquella situación al banco y este se limitó a responder que no podía acceder a sus fondos por problemas internos del sistema, bloqueo de la cuenta y otras razones que no son imputables a la clienta, lo que a juicio de la Corte es una vulneración grave en contra del derecho de propiedad, ya que limita la disposición de su dinero, lo cual es un atributo esencial del derecho de dominio.

El recurso se acogió con costas y se ordena al banco que permita a la recurrente el retiro inmediato de la totalidad del dinero depositado en la Cuenta Rut y que esta se deje operativa para su debido y convenido uso dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia en alzada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Nº132.325-2020 y Corte de Apelaciones de Chillán Rol N°1.918-2020.

 

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  1. Esperemos que ahora los recursos de proteccion que se van a presentar en contra del retiro forzoso a las afp . Se han acogidos ya que la constitucion y la ley de penciones es bien clara.

    1. Lo forzoso es que los papitos corazón paguen la deuda con sus hijos y no se anden «arrancando» de tribunales para que nos los pillen y no les puedan cobrar la pensión. El derecho a la vida, está por sobre el derecho de propiedad papito corazón

  2. Debería ser ley el derecho de usar nuestro dinero y no tener que llegar a tribunales. Al fin nos llega pero con obstáculos y malas políticas que nos hacen pasar un mal rato. Lamentable.

    1. es bien sabido. que las decisiones las toma el poder judicial ay que tomar en cuenta que nuestro dinero es de cada ser humano que lo maneja lo que va a pasar es que com está nueva leyes nadien va aconviar en los banco mucha gente está sacando su dinero por lo mismo por el miedo del poder judicial