Noticias

Corte de Apelaciones de Temuco.
En fallo unánime.

Corte de Temuco declara admisible recurso de protección contra Municipalidad de Temuco por tala de árboles en proyecto de reposición de veredas.

Se concedió orden de no innovar prohibiendo a las recurridas el corte, tala y extracción de las especies arbóreas ancladas en las calles donde se realizan las obras.

28 de diciembre de 2020

La Corte de Apelaciones de Temuco declaró admisible el recurso de protección presentado por dos vecinos del Barrio Coilaco de Temuco en contra de la Municipalidad de Temuco, el Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Araucanía y una empresa constructora por el corte y extracción de 11 árboles en obras de reposición de veredas y calzadas efectuadas en el barrio de los recurrentes, amenazando a su vez con el corte y extracción de 30 árboles nativos que se encuentran en las calles a remodelar.

Los recurrentes señalan que la extracción de dichos árboles constituye un acto ilegal y arbitrario, contrario al deber constitucional de la Administración del Estado de velar porque las personas vivan en un medio ambiente libre de contaminación y de tutelar la preservación de la naturaleza, impactando irreversiblemente a los habitantes de la zona al constituir dichos árboles un regulador térmico que disminuye la contaminación atmosférica y acústica de la ciudad y forman parte del paisaje y el entorno de la comunidad.

La Corte declaró admisible el recurso de protección y ordenó que las recurridas deben informar dentro del plazo de 8 días y adjuntar todos los antecedentes que obren en su poder en relación a la materia objeto del recurso, bajo el apercibimiento de prescindir de dichos informes si no son evacuados dentro de dicho plazo. También accedió a la orden de no innovar solicitada por la recurrente, prohibiendo a las recurridas el corte, tala y extracción de las especies arbóreas ancladas en las calles donde se realizan las obras.

Las recurridas solicitaron una ampliación del plazo para evacuar el informe y antecedentes que les fueron requeridos a lo que la Corte accedió, por el término de 8 días hábiles.

 

Vea texto íntegro del recurso y de la resolución Corte de Apelaciones de Temuco Rol N°12.027-2020.

 

RELACIONADOS

En fallo unánime.

Corte de Puerto Montt declaró inadmisible recurso de protección en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la masiva caravana de vehículos y manifestantes que ingresó el 18 de noviembre pasado a la ciudad proveniente de una comuna en cuarentena, poniendo en riesgo de contagio por coronavirus...

CS declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Copiapó que confirmó multa por infracciones laborales, aplicada por inspección provincial del trabajo a empresa de transporte...

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *