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Corte Suprema.
Actuando de oficio.

CS desestima recurso de amparo contra Juzgado de Garantía de La Calera por decretar prisión preventiva a amparado que presenta un deterioro orgánico cerebral.

No obstante, ordenó que se mantenga la medida de internación provisional del amparado ya que reúne las exigencias del artículo 464 del Código Procesal Penal.

5 de enero de 2021

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó un recurso de amparo en contra del Juzgado de Garantía de La Calera por no dar lugar a la solicitud de declaración de inimputabilidad por enajenación mental de un detenido que aduce privación de razón.

El conflicto surge luego que se decretara prisión preventiva en contra del amparado, formalizado por los delitos de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, desacato e infracción al artículo 318 del Código Penal. La defensa solicitó al Juzgado de Garantía de La Calera suspender el procedimiento por enajenación mental, el cual ofició al Hospital Psiquiátrico Philippe Pinel para que emitiera un informe sobre el estado mental del amparado y decretó la sustitución de la medida cautelar de prisión preventiva por la de internación provisoria. El hospital informó la enajenación mental del amparado, el cual se encuentra privado de razón y presenta un nivel de peligrosidad de rango medio a leve. El Tribunal rechazó la solicitud de suspensión del procedimiento, ordenando su reapertura y decretó nuevamente prisión preventiva.

Se recurrió de amparo ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó el recurso, al estimar que la decisión reprochada fue adoptada por un tribunal designado por la ley, en uso de sus atribuciones y dentro de la esfera de su competencia.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia en alzada, no obstante, actuando de oficio ordenó que se mantenga la medida de internación provisional del amparado que presenta un deterioro orgánico mental que reúne las exigencias del artículo 464 del Código Procesal Penal.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°150.586-2020 y Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol N°1.242-2020.

 

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