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No existe prueba idónea para inferir que el actuar de los demandados tuvo intención de dañar al actor o perjudicarlo durante la relación comercial.

Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual deducida por empresario en contra de exsocios, por los perjuicios que le habrían causado las supuestas maniobras que habrían desplegado para apropiarse de experiencia operacional (know how).

El Tribunal estableció que en la especie no se cumplen los requisitos para dar por probado el actuar doloso de la parte demandada para apropiarse de la sociedad Marple Plastic Solution Group SA. (Marple SA).

27 de enero de 2021

El Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual deducida por empresario en contra de exsocios, por los perjuicios que le habrían causado las supuestas maniobras que habrían desplegado para apropiarse de experiencia operacional (know how) de sociedad de soluciones y artículos de plásticos.

La sentencia sostiene que considerando que en lo que compete a la responsabilidad aquiliana, la culpa o dolo debe ser acreditado por la víctima del daño, de conformidad con lo estatuido en el artículo 1698 del Código sustantivo, en la especie, al analizar los antecedentes que obran en el proceso, no existe prueba idónea para inferir que el actuar de los demandados se hayan cometido con culpa o dolo, es decir, con la intención de dañar al actor o perjudicarlo durante la relación comercial que sostuvieron. Desde otra perspectiva, la prueba rendida en autos no es suficiente para acreditar la existencia de un hecho culposo o doloso imputable a los demandados, requisito y elemento subjetivo esencial para configurar la responsabilidad extracontractual que se demanda en autos.

La resolución agrega que a mayor abundamiento, observada la prueba rendida, esta no reúne las características de precisión y suficiencia para lograr inferir que por parte de los demandados hubo un actuar reprochable, una conducta dolosa e intencionada dirigida a perjudicar e inferir daño al actor con el objeto de lograr la apropiación del know how operacional y de la empresa Marple S.A. Tampoco es posible concluir en base a la prueba aportada por el demandante el hecho de haber contratado los demandados con él con el sólo fin de obtener ilícitamente beneficios y apropiación del know how operacional, ni menos aún aportó algún medio de prueba legal tendiente a probar los hostigamientos que señala haber sufrido por parte de los demandados.

Añade que así, analizada la prueba rendida por el actor y valorada en forma legal, además de acreditar los hechos que ya se han tenido por establecidos en autos, una parte de ella, como la prueba testifical y pericial rendida, tienden a respaldar un eventual daño patrimonial sufrido por el actor, lo que resulta inepto sin haber acreditado antes la existencia del hecho culposo o doloso que se imputa a los demandados, y que las probanzas relacionadas a dicho efecto son insuficientes para concluir aquello.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº28.143-2017

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