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Contenido ético jurídico de la relación laboral.

Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago declaró justificado despido fundado en el incumplimiento grave de las obligaciones contractuales.

El actor incurrió en una conducta que pugnó absolutamente con sus labores contractuales.

3 de febrero de 2021

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago declaró justificado a derecho el despido del jefe de recursos humanos de la Ferretería Covadonga Limitada.

La sentencia expone que no fue un hecho controvertido del juicio la existencia de la relación laboral entre las partes, en cuya virtud el actor se desempeñó como jefe de recursos humanos, la que finalizó el 31 de diciembre de 2019, invocándose las causales de despido previstas en el artículo 160 N°1 letra a) y N°7 del Código del Trabajo.

Agrega que, en virtud de lo expresado en la carta aviso de despido, se le imputó al actor el haberse otorgado anticipos de remuneraciones por la suma de $400.000, para luego devolver únicamente $250.000 y, además, haber solicitado el pago en efectivo de bonos de diversos funcionarios, con el argumento de que pagaría dichos bonos a las personas supuestamente beneficiadas con los mismos.

Seguidamente, señala que en los juicios de despido corresponde a la demandada acreditar la veracidad de los hechos imputados en la carta aviso de despido, sin que pueda alegar hechos distintos como justificativos del despido.

En ese orden de razonamiento, y en virtud de la prueba testimonial incorporada por la demandada, consistente en el relato de funcionarios de la empresa que conocían la solicitud de dinero realizada por el actor para el pago de supuestos bonos y la no devolución de éstos, así como la corroboración del actor de haber obtenidos los anticipos de remuneraciones y haber devuelto una suma menor, aunque arguyendo a un supuesto acuerdo verbal que no justificó, dio por acreditada la ocurrencia de los hechos descritos en la misiva de despido.

Por lo anterior, teniendo en consideración que la causal invocada dice relación con las obligaciones y deberes por parte del trabajador, referidas no sólo a aquellas que aparecen en el contrato de trabajo sino también a las establecidas por la ley o la propia naturaleza del vínculo laboral, estima que la conducta del actor provocó no sólo perjuicios pecuniarios, sino que también perjuicios asociados a la confianza y buen servicio con que debe comportarse todo trabajador, lo que devino en una pérdida irreparable de la confianza en el trabajador demandante, atendido el cargo que desempeñaba en la empresa, lo que hizo inviable el mantenimiento de la relación laboral, revistiendo el carácter de grave exigido por el legislador.

Por las consideraciones expuestas, rechazó la demanda de despido injustificado, declarando que éste se ajustó a derecho.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago RIT O-8059-2019.

 

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