En fallo unánime.
CS desestima recurso de protección contra Banco de Chile por no restituir dinero sustraído de forma fraudulenta de la cuenta corriente de una sociedad.
El recurrente carece de un derecho indiscutido y preexistente que se pueda proteger mediante la acción de protección.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia que rechazó un recurso de protección en contra del Banco de Chile por la negativa a devolver fondos retirados fraudulentamente de la cuenta corriente de una sociedad.
El conflicto surge luego que el representante legal de la sociedad Perforación de Aguas Sur se percatara que se habían realizado dos transferencias de fondos a través de cheques en la cuenta corriente de la sociedad que superaban los 5 millones de pesos. El actor se contactó con el banco y avisó que los cheques con los que se habían realizado dichas transacciones fueron sustraídos de forma fraudulenta de su chequera y fueron suscritos por un tercero que falsificó su firma. Al solicitar la devolución de los montos sustraídos el banco se negó, indicando que el cliente debe realizar un reclamo formal al banco y presentar una denuncia a Carabineros antes de solicitar la devolución de su dinero.
La sociedad accionó de protección, acusando una vulneración a su derecho de propiedad por haber sido despojada de bienes que entregó para el resguardo del banco, quienes tienen el deber de restituir los fondos que fueron sustraídos de su cuenta de forma ilegal y fraudulenta en virtud de su contrato de cuenta corriente.
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