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Corte Suprema.
En fallo dividido.

CS acoge recurso de amparo contra Intendencia Regional de Atacama por decretar el abandono del país de un ciudadano cubano.

La recurrida no consideró que el amparado posee arraigo familiar y laboral en Chile.

16 de febrero de 2021

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó que rechazó un recurso de amparo contra la Intendencia Regional de Atacama por denegar la solicitud de regularización y decretar el abandono del territorio nacional de un ciudadano cubano.

El conflicto surge luego que el amparado solicitara una visa de residencia temporaria ante el Departamento de Extranjería de la Gobernación Provincial de Copiapó, el organismo rechazó su solicitud e informó al actor que debía abandonar el país en un plazo de 72 horas o se dictaría una orden de expulsión del país en su contra.

El actor accionó de amparo, acusando que la decisión de la recurrida es ilegal, ya que dictó una sanción en su contra sin asegurar las garantías mínimas de un debido proceso, por lo que vulneró de forma arbitraria su libertad ambulatoria.

La Corte de Copiapó rechazó el recurso, al estimar que la recurrida denegó la solicitud de visado del amparado dentro de la esfera de sus competencias, ya que la Ley N°19.175 prescribe que se deben rechazar las solicitudes de visas de los condenados en Chile por crimen o simple delito y el amparado fue condenado a principios de 2020 como autor de un delito de receptación por el Juzgado de Garantía de Copiapó. A su vez, señaló que la misma normativa en su artículo 141 dispone que, en caso de rechazar una solicitud de visado, la Autoridad debe resolver el abandono del país del solicitante en un plazo no inferior a 72 horas.

El máximo Tribunal revocó la sentencia en alzada, para lo cual tuvo presente que la sanción de la recurrida no se refirió al arraigo familiar y laboral que el amparado posee en Chile, al estar casado, tener una hija menor de edad y trabajar como comerciante ambulante, por lo que su expulsión es ilegal y carece de fundamento.

La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Carlos Künsemüller y Manuel Valderrama, quienes estuvieron por confirmar la sentencia en alzada, al considerar que el petitorio del recurso resulta ajeno a los supuestos y fines del artículo 21 de la Constitución.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol 11.580-2021 y Corte de Apelaciones de Copiapó Rol N°15-2021.

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