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Corte Suprema.
En votación dividida.

CS acoge recurso de casación en el fondo deducido contra sentencia que declaró la desafectación de un bien familiar inmueble.

La calidad de “bien familiar” tutela de modo efectivo que los miembros de la familia no queden en una peor situación patrimonial como consecuencia del quiebre de un matrimonio.

15 de marzo de 2021

La Corte Suprema acogió un recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que confirmó el fallo del Juzgado de Familia de la misma ciudad que acogió una demanda de desafectación de un bien familiar del inmueble.

El conflicto surge en 2019, luego que un hombre dedujera una demanda de desafectación de bien familiar en contra de su ex pareja, solicitando la desafectación del inmueble en donde reside la demandada.

El tribunal de familia acogió la demanda, al estimar que el inmueble donde reside su demandada ya no posee la calidad de bien familiar, ya que en la actualidad su hija es mayor de edad y ya no vive con su madre, por lo que ya no constituye la residencia principal de la familia en conformidad al artículo 141 del Código Civil. La Corte de Temuco confirmó la sentencia en alzada.

La demandada dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de segunda instancia, acusando que el tribunal de alzada consideró que los bienes familiares inmuebles mantienen dicho status solo en virtud del interés de los hijos, siendo que el artículo 141 no regula como un requisito esencial que los padres tengan que vivir con sus hijos para declarar un inmueble como bien familiar.

El máximo Tribunal acogió el recurso y dictó sentencia de reemplazo, para lo cual tuvo presente que el inmueble no ha perdido su calidad de “bien familiar”, ya que dicha calidad funciona como una herramienta preventiva que tiene por objetivo tutelar de modo efectivo a aquellos miembros de la familia que desde un punto de vista patrimonial y en relación a la habitación, queden en peor situación como consecuencia de un quiebre matrimonial.

En su fallo de reemplazo la Corte Suprema rechazó la demanda de desafectación de bien familiar, al estimar que el inmueble es el hogar en donde vive la demandada, por lo que no ha perdido la calidad de “residencia principal de la familia” en conformidad al artículo 141 del Código Civil.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Mauricio Silva y de la Ministra Andrea Muñoz, quienes estuvieron por rechazar el recurso, al considerar que al abandonar el hogar común la hija de la demandada, ya no se encuentra al cuidado de su madre, por lo que el inmueble dejó de ser la residencia principal de la familia y perdió su calidad de bien familiar en conformidad del artículo 141 del Código Civil.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°22.394-2019, de la sentencia de reemplazo y de la Corte de Apelaciones de Temuco Rol N°153-2020.

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  1. Rechaza la demanda y el voto de minoría también la rechaza??? “En su fallo de reemplazo la Corte Suprema rechazó la demanda de desafectación de bien familiar, al estimar que el inmueble es el hogar en donde vive la demandada, por lo que no ha perdido la calidad de “residencia principal de la familia” en conformidad al artículo 141 del Código Civil”

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