Noticias

Imagen; prensafutbol.cl
Posición dominante.

FNE rectifica requerimiento contra ex CDF por abuso de posición monopólica al condicionar las promociones que pueden ofrecer los cableoperadores con las señales Premium y HD.

En esta oportunidad, la Fiscalía realizó correcciones en la redacción y presentación de las circunstancias de hecho y derecho que realizó en un primer momento.

22 de marzo de 2021

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) rectificó su acusación contra el ex Canal del Futbol (ex CDF) por abusar de su posición monopólica en el mercado de la transmisión en vivo y en directo de los encuentros deportivos del Campeonato Nacional de Fútbol Profesional (CNFP), mediante la imposición de una serie de prácticas comerciales a los cableoperadores.

Cabe recordar que, el requerimiento señaló que la empresa limita o controla las promociones que los cableoperadores pueden implementar para los consumidores con las señales CDF Premium y CDF HD y que, además, establece un precio mínimo de reventa de éstas, fija un número arbitrario de abonados mínimos garantizados y les exige que toda su base de clientes adquiera CDF Básico como condición para acceder a CDF Premium y CDF HD.

En razón de ello, se solicitó al TDLC que imponga una multa de 32.000 UTA (aprox. US$ 24 millones), que le ordene poner término inmediato a la aplicación conjunta de las prácticas comerciales que restringen o entorpecen la libre competencia (o que tienden a producir esos efectos) y que adopte otras medidas que tiendan a reducir el poder negociador de CDF respecto de los cableoperadores derivado de su posición monopólica.

En esta oportunidad, la FNE realizó correcciones en la redacción y presentación de las circunstancias de hecho y derecho que realizó en un primer momento.

En particular, en esta oportunidad, señala que que, CDF ha infringido el artículo 3 del DL 211, en sus incisos primero y segundo letra b), al abusar de su posición monopólica en el mercado de la transmisión en vivo y en directo de los encuentros deportivos del Campeonato Nacional de Fútbol Profesional (CNFP), mediante el establecimiento e imposición de prácticas comerciales a los cableoperadores, consistentes en: (i) la limitación o el control de las promociones que los cableoperadores pueden implementar de cara al consumidor final; (ii) el establecimiento de un precio mínimo de reventa de las señales CDF Premium y CDF HD; (iii) la fijación de un número de abonados mínimos garantizados arbitrarios; y, (iv) la exigencia a los cableoperadores de la adquisición y distribución de la señal CDF Básico a toda su base de clientes, como condición para poder acceder a las señales CDF Premium y/o CDF HD. Estas prácticas comerciales han podido ser impuestas a los cableoperadores en atención a la posición monopólica de la Requerida y al carácter must have que tienen las señales CDF Premium y CDF HD.

Igualmente, señala que la imposición de esas prácticas comerciales han restringido, en los términos que se indicarán, la competencia intra marca en el mercado de la distribución minorista de las señales CDF Premium y CDF HD (única competencia posible, al tratarse de un monopolista); y han permitido a la Requerida extraer rentas sobre toda la base de clientes de los cableoperadores mediante el apalancamiento del poder monopólico que le confiere detentar la exclusividad de los derechos de transmisión del CNFP, hacia la distribución minorista de señales básicas.

 

Vea texto íntegro del requerimiento original y el requerimiento rectificado; Rol N° C-411-2020.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *