Diario Constitucional

"Si bien la berma no constituye un lugar apto para la detención, en caso de requerirse, ésta y el terreno aledaño deben dar garantías de seguridad mínimas".

CS mantiene sentencia que acogió demanda de indemnización de perjuicios de conductor, cuyo vehículo cayó a un socavón ubicado a un costado de la berma en autopista concesionada.

El máximo Tribunal descartó infracción de ley en la resolución atacada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primer grado que acogió parcialmente la demanda y ordenó a la empresa concesionaria el pago de la suma total de $3.915.000.

Por Redacción·05 de abril de 2021·2 min de lectura
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La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducido por la empresa Sociedad Concesionaria Autopista del Itata SA, en contra de la sentencia que acogió la demanda de indemnización de perjuicios de conductor, cuyo vehículo cayó a un socavón ubicado a un costado de la berma, en mayo de 2017.

El fallo sostiene que la sentencia de primera instancia, confirmada por la sentencia que se revisa, consigna en su motivo décimo quinto que si bien la berma no constituye un lugar apto para la detención, no es menos cierto que en caso de requerirse la detención de un vehículo, ésta y el terreno aledaño deben dar garantías de seguridad mínimas, lo que no ocurrió en la especie pues se advierte de las fotografías que existe una zanja de varios metros de profundidad, cuya dimensión no es apreciable a simple vista desde la autopista a la altura de conducción de un vehículo particular standard. Luego, en su considerando décimo sexto concluye que la demandada incurrió en una omisión al no disponer de señalética que alertara de la existencia de un desagüe de aguas lluvias de varios metros de profundidad.

La resolución agrega que abordando el examen del recurso en revisión queda en evidencia que la denuncia de infracción de las normas reguladoras de la prueba carece de influencia en lo dispositivo del fallo, desde que el tribunal advierte que la berma no es lugar habilitado para la detención de vehículos, hecho que el propio actor reconoce, sin embargo la omisión establecida en la sentencia recurrida consiste en no contar el lugar con la debida señalización, lo que no fue desvirtuado por la demandada. A este respecto, el recurso se erige contra fundamentos que no fueron determinantes para la decisión de acoger la demanda.

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