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Por concepto de derechos de televisación al club recurrente.

Corte de La Serena rechaza recurso de protección de club de deportes por embargo ordenado por la Tesorería Regional.

El Tribunal de alzada rechazó la acción deducida por el Club de Deportes La Serena S.A.D.P., al no haber acreditado acto ilegal o arbitrario del organismo al ordenar el embargo.

9 de abril de 2021

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de protección interpuesto en contra la Tesorería Regional de Coquimbo que decretó, el 5 de enero pasado, el embargo sobre el 100% de las utilidades y pagos que le correspondan percibir de la Asociación de Fútbol Profesional por concepto de derechos de televisación al club recurrente.

La sentencia sostiene que no se aprecia en el actuar de la Tesorería Regional de la República de Coquimbo ilegalidad ni arbitrariedad alguna, ya sea al decretar el embargo cuestionado, como al tramitar la incidencia de abandono de procedimiento, habiendo obrado dentro de sus atribuciones legales respecto de un proceso que se encuentra en tramitación en ese organismo. Tampoco se advierte que se haya visto vulnerada la preceptiva que regula el debido proceso, la que por lo demás no se encuentra dentro de las garantías cubiertas por el recurso de protección.

Para el Tribunal de alzada, en cuanto a la afectación al derecho de propiedad (…) en cuanto mira a los efectos económicos que puedan derivarse del embargo decretado por la recurrida, ello es sólo la natural consecuencia del incumplimiento de una o más obligaciones tributarias de la recurrente, y no puede atribuirse a la actividad de la Tesorería Regional de Coquimbo, que se ha limitado a dar cumplimiento a su obligación legal de proceder a su cobro.

Por lo tanto, concluye que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en representación de Club de Deportes La Serena S.A.D.P., en contra de la Tesorería Regional de Coquimbo.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº43-2021

 

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