Fallo unánime.
Corte de Iquique desestimó recurso de protección interpuesto contra Gobernación Provincial que ordenó el desalojo de un inmueble fiscal con auxilio de la fuerza pública.
El acto administrativo impugnado se dictó en concordancia con las atribuciones que la Ley Nº19.175, en su artículo 4, y el Decreto con Fuerza de Ley N°22, le confieren a la autoridad.

La Corte de Iquique rechazó el recurso de protección interpuesto por los dirigentes de los pobladores del sector Laguna Verde que conforman “La Coordinadora Habitacional de Laguna Verde”, quienes alegan que la Resolución Exenta que ordena la restitución inmediata del inmueble fiscal del sector “Laguna Verde” con auxilio de la fuerza pública, vulnera las garantías constitucionales a la integridad física y psíquica, a la igualdad ante la ley, el derecho a no ser juzgados por comisiones especiales y el derecho de propiedad de quienes ocupan el inmueble.
El recurso se interpuso en contra de la Gobernación Provincial de Iquique, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Tarapacá, el Servicio de Vivienda y Urbanismo de Tarapacá y Carabineros de Chile de Tarapacá.
El fallo considera que el acto administrativo impugnado se dictó en concordancia con las atribuciones que la Ley Nº19.175, en su artículo 4, y el Decreto con Fuerza de Ley N°22, le confieren a la Gobernación Provincial, previo requerimiento de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales y el Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región.
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