"No se le entregó la herramienta eficaz para su protección, cual es, el guante anti corte".
Corte de Apelaciones de Santiago confirma multa a empresa de plásticos por grave accidente laboral.
El Tribunal de alzada estableció que, en la especie, se encuentra probada la responsabilidad de la empresa por no proporcionar elementos de seguridad a trabajador que operaba máquina de cortes “Jing-Sung”, por lo que fue sancionada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana.

La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la sentencia, dictada por el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil, que anuló la multa sanitaria por 160 UTM impuesta a la empresa United Plastic Corporation SA, por su responsabilidad en accidente laboral registrado en planta de Quilicura, en mayo de 2013.
El fallo revocatorio sostiene que en lo que concierne a los hechos, la prueba aportada por la reclamante es notoriamente insuficiente pues no logra desvirtuar el acta de infracción y las pruebas documental y testimonial rendidas por la entidad reclamada. Asimismo, la empresa, que en el sumario sanitario argumentó en forma similar a lo consignado en su reclamo, no desvirtuó las imputaciones efectuadas, que fueron constatadas en el Acta de Fiscalización.
La resolución agrega que, resulta palmario que en los hechos no se le entregó al trabajador ‘guante de corte’, ello se colige de los antecedentes, en especial de lo señalado por la reclamante quien afirma y reconoce haberle entregado al trabajador guantes de hilo pigmentado y hojas de cuchillo cartonero, lo que evidencia que el trabajador si efectuaba cortes y no se le entregó la herramienta eficaz para su protección, cual es, el guante anti corte.
Te puede interesar

Fallo unánime.
CS acoge demanda por falta de servicio y condena al Hospital de Talca a indemnizar a paciente por no otorgarle la atención médica correspondiente e incurrir en omisiones graves en su tratamiento.

Por 120 UTM.
Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que mantuvo la multa aplicada a empresa de servicios ambientales por serie de infracciones al reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas que deben mantener los lugares de trabajo, para proteger la vida y la salud de los empleados.

Ambos actores impugnaron la resolución.
Corte de Talca confirmó sentencia que condenó a LATAM a indemnizar los perjuicios originados por la pérdida de equipaje.

