Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
CS revoca fallo y acoge recurso de protección contra resolución que calificó favorablemente proyecto de piscicultura para aumento de biomasa en la cuenca del Lago Villarrica.
Recurrentes alegan que el lago está saturado y contaminado, situación que empeoraría de aumentar la producción de peces de 400 a 650 toneladas anuales.

La Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, que desestimó el recurso de protección deducido por integrantes de la comunidad indígena “Reserva Indígena Manuel Huiquirir” en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía, por calificar favorablemente el proyecto Piscicultura Curarrehue, Aumento de Biomasa, de la Empresa Exportadora Los Fiordos Limitada.
Los recurrentes solicitaron dejar sin efecto la resolución al estimar que no cumple con la normativa constitucional, legal y reglamentaria, y porque vulnera las garantías constitucionales a la igualdad ante la ley, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y a la seguridad jurídica.
Exponen que desde el año 2013 el estado modificó la protección jurídica del Lago a través de normas secundarias de calidad ambiental, debido a los niveles de contaminación y saturación que este presentaba, situación que implicó su declaración de Zona Saturada por el Ministerio de Medio Ambiente, realidad que se opone a la pretensión de la empresa de aumentar de 400 a 650 toneladas de peces anuales.
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