"Igual habrían existido dificultades para acreditar el daño, particularmente el del lucro cesante que era la partida más abultada".
Juzgado Civil de Santiago rechaza demanda contra clínica por supuesta intervención quirúrgica negligente.
El Tribunal estableció que en la especie no se acreditó la atención negligente atribuida por las demandantes a los médicos que intervinieron al paciente.

El Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda deducida en contra de la empresa Servicios Médicos Tabancura SpA (Clínica Tabancura) por la cónyuge e hijas de paciente que falleció tras intervención quirúrgica de extracción de cálculos biliares.
La sentencia sostiene que, habiéndose acreditado que la demandada empleó la diligencia debida, por ende no existe incumplimiento contractual, ello excluye la configuración de la responsabilidad invocada, lo cual deviene en necesariamente rechazar la demanda, sin perjuicio de las explicaciones que se formularon en los considerandos precedentes.
La resolución agrega que se estima necesario indicar que en el evento que se hubieran presentado los elementos de procedencia de la responsabilidad contractual, tenemos que igual habrían existido dificultades para acreditar el daño, particularmente el del lucro cesante que era la partida más abultada, en circunstancias que la actora renunció a la pericia solicitada para precisamente acreditar dicho perjuicio, siendo el medio probatorio idóneo para probar tal situación.
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