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Corte Suprema.
Descuento en las remuneraciones.

CS revoca sentencia y acoge recurso de protección deducido por deudor contra la Caja de Compensación Los Andes.

La actora no acreditó el cese de la afectación.

26 de junio de 2021

El actor alegó la vulneración de su derecho de propiedad, a raíz del descuento que efectuó la recurrida a partir de su remuneración de julio de 2020, en razón de un crédito solidario concedido en el año 2012, acreencia que reconoció insoluta desde la cuota N°4, pero alegando la recurrida dedujo una demanda ejecutiva en su contra que fue archivada con posterioridad a su notificación.

La recurrida reconoció la efectividad de la conducta reprochada y postuló su adecuación a derecho por tratarse del ejercicio de una facultad legal relacionada con el cobro de una deuda vigente y que no ha sido declarada prescrita, para posteriormente anunciar el cese definitivo de los descuentos al actor y la restitución de lo descontado a la fecha.

La Corte de San Miguel desestimó la acción incoada, bajo el entendido que no existía medida correctiva que pudiera ser aplicada en cautela de los derechos del actor, atendido lo informado por la recurrida.

Al respecto, el máximo Tribunal estima, contrario a lo concluido por los jueces de primer grado, que más allá del allanamiento de la recurrida a las peticiones concretas formuladas por el actor, ésta no demostró que los efectos de la conducta reprochada hayan cesado, por cuanto no acreditó que las sumas descontadas le hayan sido devueltas, siendo la única medida apta para suprimir toda posibilidad de afectación a su derecho de propiedad.

Por otro lado, indica que no puede olvidarse que, en abstracto, el allanamiento -total o parcial- a la pretensión, conduce al éxito de la acción, de manera tal de otorgar, en favor del actor, título para su cumplimiento. Contrariamente, en el caso en análisis el rechazo del recurso de protección importa entregar a la libre voluntad de la recurrida la satisfacción del compromiso expresado en su informe, consecuencia que no se condice con su ausencia de resistencia procesal, dejando al recurrente en desamparo.

En definitiva, revocó la sentencia dictada por la Corte de San Miguel y, en su lugar, acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Caja de Compensación Los Andes, ordenándole cesar el cobro del crédito en que incide el recurso mediante descuentos sobre la remuneración del actor, y restituir lo descontado a partir de julio de 2020, dentro de décimo día.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°69-2021 y Corte de San Miguel Rol N°8123-2020.

 

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