"Esta demora ha devenido en arbitraria, afectándose así, sin duda, su integridad física".
Corte de Concepción acoge recurso de protección y ordena a Hospital Regional operar patología visual diagnosticada hace más de año y medio.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario del nosocomio, que transgrede, además, normativa legal que prioriza la atención de personas mayores, afectando la integridad física de la recurrente.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección deducido en contra del Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente y le ordenó practicar la intervención quirúrgica que requiere paciente que padece de membrana epirretinal, patología que le fue diagnosticada por un oftalmólogo del recinto de salud, en noviembre de 2019.
La sentencia sostiene que de los antecedentes aparece que la persona a cuyo favor se recurre, se trata de una mujer de 61 años de edad, la que en el mes de noviembre de 2019, fue derivada en razón de su patología ocular, desde el CESFAM de la Comuna de Chiguayante, al Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, conocido comúnmente como Hospital Regional, siendo de público conocimiento que este nosocomio es de uno de los más grandes del país, de alta complejidad y donde se trata todo tipo de patologías, dada la gran cantidad de médicos especialistas que allí laboran.
La resolución agrega que, también es cierto que hasta la fecha ha transcurrido más de un año y medio desde que el médico especialista diagnosticó la patología de ‘Membrana Epirretinal’ de la paciente, indicándole la realización de una intervención quirúrgica oftalmológica (en ojo izquierdo), previa realización de exámenes. Asimismo, fluye de autos que se encuentra a cargo de su marido, quien sufre de una enfermedad mental severa.
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