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Imagen: Reporte Minero
Compañía Minera Teck Carmen de Andacollo.

SMA presenta informe en el marco de la reclamación interpuesta en su contra por archivar denuncia de incumplimiento de la RCA y evasión al SEIA de proyecto minero ubicado en la comuna de Andacollo.

La autoridad fiscalizadora solicita el total rechazo de la acción deducida por la Municipalidad de Andacollo.

17 de julio de 2021

La Superintendencia del Medio Ambiente (“SMA”) presentó su informe en el marco de la reclamación interpuesta por la Municipalidad de Andacollo en contra de su decisión de archivar la denuncia ingresada por incumplimiento de RCA y elusión al SEIA por parte de la Compañía Minera Teck Carmen de Andacollo, en causa seguida ante el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta.

De acuerdo al órgano fiscalizador, se realizaron gestiones de fiscalización respecto de la posible infracción a los compromisos de reasentamiento que establece la RCA. Además se fiscalizó la eventual elusión al SEIA por la expansión del proyecto, la afectación de las familias que habitan en la zona de emplazamiento del mismo y las obligaciones respecto a la contaminación atmosférica a partir de tronaduras. Sobre el punto, se constató que la empresa construyó y se encuentra operando las instalaciones del proyecto original, tal y como fueran evaluadas en su momento, y no se constató la construcción de obras ni modificación fuera de dicha evaluación.

En cuanto a la supuesta infracción al principio de celeridad, la SMA señala que se efectuaron labores de fiscalización posteriores a la interposición de la denuncia, las cuales requieren tiempo, sumado al pasivo de denuncias con que cuenta la institución. El retardo producido con ocasión de lo anterior, en opinión del órgano fiscalizador, no permite impugnar la legalidad del acto.

Por último, a propósito de la supuesta infracción al principio conclusivo por no existir pronunciamiento sobre la totalidad de los hechos denunciados, la SMA estima que esto es un error, toda vez que la resolución impugnada pone término al procedimiento iniciado en virtud de la denuncia de la Municipalidad, constituyendo de esta forma un acto decisorio.

El Tribunal tuvo por evacuado el informe presentado.

Vea expediente de la reclamación Rol R-45-2021.

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