Diario Constitucional

Para pronunciarse sobre su admisibilidad.

Inaplicabilidad de norma en base a la cual la SEC sancionó a empresa por incumplimiento de Norma Técnica de Calidad de Servicio se admitió a trámite por Tribunal Constitucional.

Infringirá la garantía de la tipicidad de que “ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella”.

Por Redacción·23 de julio de 2021·3 min de lectura
TC rechaza acción de inaplicabilidad que impugnó norma de la Ley de Propiedad Industrial que exige consignación previa para apelar de resoluciones del Director del Instituto Nacional de Propiedad Industrial.
Referencial

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional admitió a trámite, con suspensión, para pronunciarse sobre su admisibilidad, un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 130, inciso primero, del D.F.L N°4/20.018, y el artículo 15°, inciso primero, de la Ley N°18.410, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

El primer precepto impugnado establece que “La calidad de servicio de las empresas distribuidoras de servicio público que operen en sistemas cuyo tamaño es superior a 1.500 kilowatts en capacidad instalada de generación, en cuanto a tensión, frecuencia, disponibilidad y otros, corresponderá a estándares normales con límites máximos de variación que serán los que determinen los reglamentos”. Por su parte, el segundo artículo objetado indica que “Las empresas, entidades o personas naturales, sujetas a la fiscalización o supervisión de la Superintendencia, que incurrieren en infracciones de las leyes, reglamentos y demás normas relacionadas con electricidad, gas y combustibles líquidos, o en incumplimiento de las instrucciones y órdenes que les imparta la Superintendencia, podrán ser objeto de la aplicación por ésta de las sanciones que se señalan en este Título, sin perjuicio de las establecidas específicamente en esta ley o en otros cuerpos legales”.

La gestión pendiente incide en un reclamo de ilegalidad, seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago, donde la empresa requirente controvierte una sanción que le impuso la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC) por un supuesto incumplimiento de la “Norma Técnica de Calidad de Servicio para Sistemas de Distribución”.

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