"Se ordenó al Registro Civil e Identificación inscribir al niño como hijo de sus dos madres".
Juzgado de Familia de Santiago acogió una demanda de reclamación de maternidad, del hijo de 8 años en la actualidad, de una pareja lesbomaternal que fue concebido mediante técnicas de reproducción asistida.
En la sentencia se estableció que en virtud del interés superior de los niños, niñas y adolescentes y en resguardo del derecho de identidad se debe acceder a la reclamación planteada para evitar una discriminación respecto del niño.

El Segundo Juzgado de Familia de Santiago acogió una demanda de reclamación de maternidad del hijo de 8 años en la actualidad de una pareja lesbomaternal que fue concebido mediante técnicas de reproducción asistida.
En la sentencia se estableció que en virtud del interés superior de los niños, niñas y adolescentes y en resguardo del derecho de identidad se debe acceder a la reclamación planteada para evitar una discriminación respecto del niño. Asimismo se ordenó al Registro Civil e Identificación inscribir al niño como hijo de sus dos madres.
Se sostiene que se ha sometido a decisión del tribunal una acción de reclamación de maternidad que resulta de la aplicación de un procedimiento de fertilización asistida acordado por una pareja homosexual, que posteriormente contrae matrimonio en Francia y formaliza su unión civil en Chile. El conflicto jurídico versa sobre la filiación de respecto de y las normas de derechos fundamentales que ya han sido expuestas.
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