Medidas de seguridad.
CS acogió un recurso de protección y ordenó al Ministerio del Interior y Carabineros de Chile realizar las coordinaciones efectivas para resguardar la seguridad de los trabajadores y el público del SAPU de Valparaíso.
El máximo Tribunal estableció que están en riesgos los derechos constitucionales del personal y el público al no realizarse coordinaciones efectivas para evitar hechos de violencia en el centro de salud.

La Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó al Ministerio del Interior y Carabineros de Chile realizar las coordinaciones efectivas para resguardar la seguridad de los trabajadores y el público del Servicio de Atención Primaria de Urgencia (Sapu) de Quebrada Verde en la ciudad de Valparaíso.
La sentencia sostiene que las recurridas han manifestado que se han coordinado, a fin de tomar medidas de seguridad, para resguardar el orden y seguridad pública al interior de la región, lo cual se ha materializado a través de amplias y extensas tareas realizadas con las distintas autoridades, policías y miembros de la comunidad con interés y/o injerencia en dicho ámbito. De esta forma se puede demostrar que se han desplegado planes que tienen por objeto lograr afrontar la oleada absolutamente anormal y excepcional de violencia y delincuencia que se vive no sólo en la comuna de Valparaíso, sino en el país completo, teniendo siempre presente los recursos materiales y humanos con los que cuenta el Estado para poder afrontar las situaciones propias del denominado “estallido social”, junto a otros actos espontáneos y difíciles de prever como los denunciados por el recurrente.
Agrega que, si bien se observa que se han realizado gestiones, una real coordinación debe cumplir con ser eficaz en relación a los fines propuestos. En otras palabras, inútil resulta reunir los esfuerzos de varias instituciones en la toma de decisiones conjuntas, si ellas no son efectivas y eficaces y, en el presente caso, tales características son, a lo menos, dudosas.
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