Cargos de elección popular.
Reforma Constitucional permite la renuncia de Convencionales Constituyentes y Parlamentarios.
La iniciativa busca seguir la vía constitucional para asegurar la protección de la función constituyente, ofreciendo una salida institucional a la evidente necesidad de permitir a quienes han defraudado la fe pública e incurrido en irregularidades dar un paso al costado.

La moción, patrocinada por las Diputadas Del Real, Luck y Ossandón y los Diputados Longton, Fuenzalida, Morán, Pérez, Ratgheb, Rey y Santana, introduce una disposición transitoria en la Constitución con el fin de autorizar la renuncia de Parlamentarios y Convencionales Constituyentes en ejercicio por motivos personales.
A modo de contexto, señalan que tras volverse de público conocimiento el engaño realizado por el Convencional Rodrigo Rojas, el Vicepresidente de la Convención Constitucional declaró a los medios de comunicación que se regularían las causales de cesación del cargo a través del reglamento. Sin embargo, dicho mecanismo es inconstitucional y además constituye un atentado contra el núcleo del estatuto del convencional constituyente, afirman. La Constitución vigente establece que las normas sobre estatuto del convencional constituyente en lo referente a la cesación del cargo se asimilan aquellas de diputados y senadores (Art. 134).
La adquisición del estatus parlamentario, exponen, implica adquirir derechos, deberes y limitaciones que buscan hacer efectiva la representación política y construir la voluntad del Estado. En ese sentido, complementan, existe un conjunto de derechos que su protección debe ser reforzada y cuyo ejercicio no puede definirse arbitrariamente por mayorías circunstanciales del Parlamento o particularmente la Convención Constitucional.




