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Contraloría General de la República
Medida extraordinaria.

CGR dictamina que funcionarios que por razones sanitarias realizan trabajo remoto, tienen derecho a seguir percibiendo la asignación de zona correspondiente a la región donde se encuentra su lugar de desempeño.

Atiende solicitud de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de Magallanes.

23 de septiembre de 2021

La Secretaría Regional Ministerial de Educación de Magallanes solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República para que determine si procede seguir pagando la asignación de zona a aquellos funcionarios que, en el contexto de las medidas extraordinarias de gestión adoptadas a causa de la pandemia por COVID-19, se encuentran realizando trabajo a distancia fuera de la región.

La Dirección de Presupuestos manifestó, en síntesis, que en su opinión los trabajadores que realizan su trabajo de la forma por la cual se consulta, no deben seguir percibiendo la anotada asignación atendido que, para efectos de su desempeño, no se encuentran físicamente ubicados ni se ven obligados a residir en una zona que reúna las condiciones especiales derivadas del aislamiento o del costo de la vida que da derecho al emolumento de la especie.

Contraloría expuso que el dictamen N°3.610, de 2020, concluyó que en el contexto de la excepción constitucional generada por el brote de COVID-19, los jefes superiores de los órganos de la Administración del Estado se encuentran facultados para disponer que los servidores, cualquiera sea la naturaleza de su vínculo jurídico, cumplan sus funciones mediante trabajo remoto desde sus domicilios u otros lugares donde se encuentren, siempre que dichas labores puedan ser desarrolladas por esa vía.

Asimismo, expresa que el jefe superior del servicio podrá determinar las unidades o grupos de servidores que deberán permanecer realizando las labores mínimas en forma presencial, para garantizar la continuidad del cumplimiento de las funciones indispensables de los servicios públicos, con las consideraciones que allí se manifiestan.

Por lo anterior, el ente contralor sostiene que es atribución de cada jefatura superior tanto disponer el trabajo remoto para sus funcionarios, como cesar esa medida de gestión, debiendo ambas decisiones ser adoptadas teniendo en especial consideración la necesidad de resguardar la salud de los servidores públicos y de la población en general. Con ello se busca evitar la propagación de la pandemia y mantener la continuidad del servicio, a fin de no interrumpir las funciones indispensables para el bienestar de la comunidad.

De esta manera, agrega que, tal como se indicó en el dictamen N°E122745, de 2021, la decisión de autorizar el trabajo a distancia de los funcionarios en este contexto es una medida extraordinaria de gestión interna que se emitió considerando la emergencia sanitaria que afecta al país y que no altera el lugar al que se encuentran destinados los servidores cuando prestan sus servicios presencialmente.

En consecuencia, concluye que los funcionarios que realizan trabajo remoto desde otras localidades por razones sanitarias tienen derecho a seguir manteniendo la asignación de zona correspondiente a la región a la que se encuentran destinados.

 

Vea texto íntegro del Dictamen N°E137146N21.

 

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