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Corte de Santiago
Indemnización de $80.000.000.

Corte de Santiago confirma fallo que ordenó indemnizar a obrero metalúrgico víctima de detenciones ilegales y torturas.

El Tribunal de alzada ratificó la resolución impugnada, dictada por el Noveno Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda.

25 de octubre de 2021

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $80.000.000 a Óscar Segundo Julio Rojas, obrero metalúrgico que fue detenido en su lugar de trabajo, el 12 de septiembre 1973, y trasladado hasta el Estadio Chile y luego al Estadio Nacional, donde continuaron las golpizas y torturas. Una vez que recuperó la libertad, el 22 de noviembre de 1974, fue herido gravemente, cuando se aproximó a la Embajada de Italia con la intención de pedir asilo, siendo trasladado por agentes de la DINA, aún convaleciente, al centro de detención Cuatro Álamos y luego a Villa Grimaldi y, finalmente, a Tres Álamos, desde donde fue puesto en libertad el 9 de julio de 1975.

“Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo el análisis realizado en el fallo de primera instancia, el cual además, se conforma al mérito del proceso, se confirma la sentencia apelada de fecha doce de agosto de dos mil diecinueve”, consigna la resolución.

El fallo de primera instancia ratificado dio por acreditado el ilícito, la responsabilidad del Estado y la circunstancia de que las torturas sufridas por el actor, no habrían tenido lugar si la intervención de funcionarios estatales no se hubiera producido, sólo queda dar por establecida la responsabilidad del Estado de Chile en el detención ilegal, secuestro y apremios físicos y psicológicos infligidos a don Óscar Segundo Julio Rojas.

La resolución agrega que de la prueba anteriormente analizada, se extrae con toda claridad todas las afectaciones físicas que han acompañado al actor toda su vida, transformándose en crónicas, así como las secuelas psicológicas y emocionales que probablemente nunca serán superadas completamente. Piénsese que se trataba de un joven trabajador de 20 años, época en la cual recién nos asomamos a la vida adulta y en el que se tiene el mundo por delante, lleno de ilusión y solidaridad, que es cruelmente estrellado y roto sin razón ninguna, sin compasión ninguna, sin contención ninguna.

“Que si el Estado no fue capaz de cumplir su rol de bienestar y protección en aquella época, al menos que comprenda hoy que el agravio causado ha permanecido para Óscar Julio Rojas, largo tiempo y ha determinado negativamente una vida entera, razón por la cual aunque no habrá probablemente dinero en el mundo que devuelva a aquel joven su futuro, al menos hoy devuelva cierta tranquilidad económica al adulto. Se le fijará por ello la suma prudencial de $80.000.000, sin que ello aparezca que se trata de un enriquecimiento sin causa o un lucro improcedente, como pudiera alegar la demandada, puesto que mientras el Estado debe estar al servicio de la persona humana y no es posible sostener que éste sea precisamente la causa de su tormento”, concluye.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte de Santiago Rol Nº12.570-2019 y primera instancia C-679-2019

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