Corte de Concepción dictó sentencia de reemplazo que lo liberó de todo cargo.
Defensoría del Biobío logra absolución de carabinero condenado por violencia innecesaria a estudiante.
El sargento 2° de Carabineros Víctor Andrés Torres Aguayo, en ejercicio de sus funciones de control del orden público, luego de haber sido agredido en dos oportunidades por Gabriel Ignacio Arias Soto y caer de su moto, disparó su arma de servicio impactando al estudiante universitario en su pierna izquierda, acciones que a juicio del Tribunal de alzada se realizaron en legítima defensa.

Con la presentación de un recurso de nulidad, la Defensoría Regional del Biobío logró la absolución definitiva del sargento 2° de carabineros Víctor Torres Aguayo, quien en septiembre pasado había sido condenado por violencia innecesaria tras herir con su arma de servicio a un joven en las inmediaciones de Plaza Perú de Concepción, en el marco de las movilizaciones del denominado estallido social registradas en marzo del año pasado.
El defensor regional del Biobío, Osvaldo Pizarro, quien representó al uniformado junto al defensor Claudio Vigueras, explicó que “el recurso buscaba precisamente evidenciar que la sentencia había incurrido en un error de derecho al vulnerar el verdadero sentido y alcance de una norma jurídica que sirvió de base y fundamento para la dictación de una sentencia condenatoria, específicamente sobre la necesidad racional en el uso del arma de servicio para impedir una nueva agresión al aplicar una interpretación subjetiva para descartarla cuando ella resultaba plenamente aplicable”.
La acción presentada por la Defensoría no buscaba que se revisaran los hechos, sino la interpretación jurídica de los mismos, por ello el tribunal de alzada tras acoger la argumentación, dictó una sentencia de reemplazo, que decreta definitivamente la absolución del acusado.
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Falta de legitimación activa.
El imputado es el único titular de las garantías aseguradas en la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal. Recurso de nulidad deducido por querellante, es declarado inadmisible.

Derecho de acción.
Recurso de protección de Club Deportes Valdivia en contra de la ANFP y el Organismo de Primera Instancia de Licencia de Clubes, es acogido. No se le puede sancionar por acudir ante la justicia ordinaria.

Ley de Municipalidades.
Decisión de Tribunal Electoral Regional que desestimó reclamación que impugnó el rechazo de una candidatura a concejal, no puede dejarse sin efecto mediante el recurso de protección.

