Diario Constitucional

Lesión enrome en subastas públicas.

Normas que permiten al juez tasar bienes inmuebles a su discreción en ventas forzadas, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

La ausencia de parámetros objetivos para que el juez rebaje el precio mínimo de la subasta contravendría la igualdad ante la ley y su derecho de propiedad.

Por Redacción·25 de diciembre de 2021·3 min de lectura
Imagen: Hans Scott/ AgenciaUno
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 499 N° 2, y 500 N° 2 del Código de Procedimiento Civil; y 1891 del Código Civil.

Los preceptos impugnados establecen:

Art. 499 del Código de Procedimiento Civil: “Si no se presentan postores en el día señalado, podrá el acreedor solicitar cualesquiera de estas dos cosas, a su elección: 2a. Que se reduzca prudencialmente por el tribunal el avalúo aprobado. La reducción no podrá exceder de una tercera parte de este avalúo”.

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