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Fuente: El Independiente.
Covid-19.

Tribunal Superior de Justicia de Canarias ratifica la exigencia de presentar un PCR negativo o comprobante de vacunación en el acceso a establecimientos públicos.

La medida aprobada por el Consejo de Salud regula los requisitos de ingreso a lugares públicos para personas mayores de 12 años y 3 meses.

10 de enero de 2022

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (España), ratificó la medida sanitaria que exige presentar un PCR negativo o el comprobante de esquema completo de vacunación en el ingreso a lugares públicos a todas las personas mayores de doce años y tres meses.

La medida que fue acordada por el Consejo Sanitario del Gobierno de Canarias busca evitar la propagación del virus Covid-19 en el territorio producto del alza de casos por la variante ómicron. La disposición afecta a las Islas en los niveles 3 y 4 de alerta sanitaria y solo será exigible para acceder a establecimientos, instalaciones, actividades o espacios de uso público.

El Tribunal, al analizar la disposición resolvió que las medidas de restricción implementadas están suficientemente justificadas, ello por la necesidad evidente de reducir los casos ante el ascenso exponencial de los contagios y el inevitable colapso de las redes sanitarias.

Asimismo, el fallo destaca que la medida, a la vista de los datos oficiales expuestos, resulta adecuada para conseguir la finalidad perseguida, pues se busca reducir el riesgo de contagio en espacios relacionados con actividades de ocio que representan un mayor riesgo de infección por la flexibilización de las medidas preventivas. De igual modo, la experiencia científica ha demostrado que cualquier medida que contribuya a evitar su propagación, reduciendo los contactos entre las personas, o haciendo que estos sean seguros, es necesaria para su contención.

Por otro lado, el Tribunal advierte que el certificado de vacunación o el PCR negativo solo será exigible en el momento de acceso al establecimiento o recinto donde se celebre el espectáculo o el evento, ya que es una exhibición momentánea. Los datos proporcionados no se conservarán ni se podrá hacer uso de ellos para otra finalidad que no sea el acceso a esos espacios.

En definitiva, el Tribunal ratificó las medidas sanitarias acordadas por el Consejo Sanitario del Gobierno de Canarias por un periodo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

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