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Recursos de apelación rechazados.

Recambio de luminarias: Corte de Coyhaique confirma el arraigo comunal de exalcalde imputado por cohecho.

El Tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Coyhaique, al compartir que la medida cautelar impuesta resulta adecuada y suficiente para asegurar los fines del procedimiento y, además, está en proporción a los ilícitos formalizados, los cuales no tienen asignadas en la ley que los consagra, penas de crimen.

9 de febrero de 2022

La Corte de Coyhaique rechazó los recursos de apelación presentados por el Ministerio Público y la querellante Consejo de Defensa del Estado y confirmó la resolución que dejó bajo la medida cautelar de arraigo comunal a Rigoberto Alejandro Huala Canumán, exalcalde de la comuna, y a Julio Alejandro Villarroel Rojas, exfuncionario municipal, imputados como autores de los delitos consumados de cohecho y violación de secreto. Ilícitos que habrían perpetrado entre 2016 y 2017, periodo en que ejercían dichos cargos públicos.

El fallo señala que estimándose que la medida cautelar de arraigo comunal decretada por el Juez de Garantía en contra de los imputados Rigoberto Alejandro Huala Canumán y Julio Alejandro Villarroel Rojas, aparece proporcionada, en relación a los ilícitos por los que se les ha formalizado, esto es, cohecho y violación de secreto, cuyas sanciones establecidas en nuestra legislación son las de reclusión menor en su grado medio y reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa, respectivamente, es decir, los delitos imputados no tienen asignada pena de crimen en la ley que los consagra, siendo, además, un hecho reconocido por el Ministerio Público que les favorecería a ambos encartados la atenuante de irreprochable conducta anterior, del artículo 11 N.º 6, del Código Penal, por lo que la medida decretada de arraigo comunal resulta adecuada y suficiente para asegurar los fines del procedimiento, por lo que se estima del caso, en consecuencia, no acceder a la petición del Consejo de Defensa del Estado y del Ministerio Público de decretar la medida cautelar de prisión preventiva en su contra; y de conformidad a lo establecido en los artículos 140 y 155 del Código Procesal Penal.

Por tanto, se confirma la resolución apelada de fecha 3 de febrero de 2022, en cuanto por ella se dispuso la medida de arraigo comunal en contra de los mencionados imputados, sin hacer lugar a la solicitud de los recurrentes de decretar la prisión preventiva a su respecto.

Los hechos

Los imputados Rigoberto Alejandro Huala Canumán y Julio Alejandro Villarroel Rojas, alcalde de Coyhaique y director de la Secretaría Comunal de Planificación, respectivamente, entre 2016 y 2017 aceptaron aproximadamente $15.000.000 entregados por representantes de la empresa Itelecom, para asegurar la adjudicación por $1.802.292.000 del proyecto de reposición de luminarias de tecnología LED en el alumbrado público de la ciudad. En dicho contexto, los funcionarios públicos de manera previa al pago, entregaron las bases técnicas a la empresa, la cual fue modificada y adjudicada meses más tarde a Itelecom.

Vea sentencia Rol Nº30 – 2022

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