La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual y que condenó a la empresa Hipermercados Tottus SA al pago de $1.091.061, por concepto de daño emergente y $800.000, por concepto de daño moral, por el accidente de sufrió niña de 12 años al interior de local ubicado en el centro comercial Parque Arauco, comuna de Las Condes, en abril de 2018.
El fallo señala que queda de manifiesto que las alegaciones del impugnante persiguen desvirtuar –mediante el establecimiento de nuevos hechos– los supuestos fácticos fundamentales asentados por los sentenciadores.
La resolución agrega que en este sentido resulta pertinente recordar que solamente los jueces del fondo se encuentran facultados para fijar los hechos de la causa, y efectuada correctamente dicha labor en atención al mérito de las probanzas aportadas, ellos resultan inamovibles conforme a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, no siendo posible su revisión por la vía de la nulidad que se analiza, al no haberse denunciado contravención a las leyes reguladoras de la prueba que han permitido establecerlos.
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Añade que, no es posible alterar la situación fáctica que viene determinada en el fallo cuestionado y establecer una distinta que se correspondiera con aquella que se requiere asentar para el éxito de la pretensión de ineficacia, por cuanto, de la manera en que se formuló el libelo, los hechos que sirvieron de base a las conclusiones de los sentenciadores resultan inamovibles y definitivos para el Tribunal de Casación.
Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº5.531-2022, Corte de Santiago Rol Nº10542-2019. y primera instancia Rol C-13424-2018.