Recurso de reclamación rechazado.
Corte de Santiago confirma multa de 600 UTM a empresa minera por infringir la normativa eléctrica en faena y mina.
El Tribunal de alzada descartó actuar ilegal de la superintendencia recurrida al aplicar la sanción reclamada.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de reclamación deducido en contra de la resolución exenta, emitida por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que sancionó con una multa de 600 UTM a la empresa minera Punta de Lobos SA (continuadora de K+S Chile SA), por incumplimiento de la normativa eléctrica en faena Patillo y mina Kainita.
El fallo señala que, no existió vicio alguno en cuanto al origen del procedimiento administrativo, en relación con la actuación oficiosa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, puesto que lo hizo estando facultada para ello y en cumplimiento de las normas legales y reglamentarias que son aplicables a su respecto, razón por la cual, igualmente el recurso será desestimado.
La resolución agrega que, en lo que atañe a la proporcionalidad y cuantía de la multa impuesta, de acuerdo con lo previsto por los artículos 15, 16 y 16 A de la Ley N°18.410, la sanción aplicada a la infractora corresponde o se encuentra dentro de los límites señalados en la norma, esto es, multa de hasta 500 UTA, lo que corresponde a 6.000 UTM (para cada una de las infracciones leves).
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