Recurso de nulidad rechazado.
Corte de Chillán confirma condena de abogado de la Corporación de Asistencia Judicial como autor de tres delitos de cohecho.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad presentado en contra de la resolución dictada el 25 de marzo pasado, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.

La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y confirmó la sentencia que condenó al abogado de la Corporación de Asistencia Judicial Jaime Eduardo Riveros Aedo a dos penas de 41 días y una tercera de 61 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional por el lapso de un año, en calidad de autor de tres delitos consumados de cohecho. Ilícitos perpetrados a partir de 2015, en las comunas de Bulnes y Quillón.
El fallo señala que los sentenciadores se hacen cargo de toda la prueba incluida la de los querellantes y de la defensa y mediante un razonamiento lógico y en consideración de las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, logran arribar a una decisión de condena, tomando en cuenta elementos probatorios que estiman que conducen necesaria e inequívocamente, a determinar que el acusado, ha tenido participación en calidad de autor de tres delitos consumados de cohecho, ilícito descrito y sancionado en el artículo 248 del Código Penal y cometidos en las comunas de Bulnes y Quillón en su calidad de empleado público a partir del año 2015.
La sentencia confirmada dio por acreditado que el 7 de septiembre de 2012, Jaime Eduardo Riveros Aedo, abogado auxiliar del consultorio Bulnes-Quillón de la Corporación de Asistencia Judicial del Bío Bío, asumió patrocinio y poder en demanda de indemnización de perjuicios deducida por mujer. En dicho contexto y sin tener derecho a ello, Riveros Aedo le solicitó el pago del veinte por ciento de lo que se obtendría en el juicio para su beneficio personal.
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