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Demanda de tutela laboral acogida.

Juzgado de Letras de Curanilahue ordena a municipio indemnizar a funcionarios despedidos por motivaciones políticas.

En el fallo, la magistrada acogió la acción, tras establecer que el despido de los funcionarios fue injustificado y que respondió a represalias políticas, vinculadas al apoyo de que dieron al alcalde saliente durante la última campaña electoral.

3 de junio de 2022

El Juzgado de Letras de Curanilahue acogió la demanda de tutela laboral presentada por siete exfuncionarios en contra de la Municipalidad de Curanilahue y le ordenó el pago de la suma total de $149.834.868 por concepto de indemnización y prestaciones adeudadas a los profesionales despedidos por motivaciones políticas.

En el fallo, la magistrada acogió la acción, tras establecer que el despido de los funcionarios fue injustificado y que respondió a represalias políticas, vinculadas al apoyo de que dieron al alcalde saliente durante la última campaña electoral. Además, le ordenó al municipio publicar en un lugar visible un comunicado que consigne su compromiso con la promoción y protección de los derechos a la libertad de trabajo y a la no discriminación laboral.

La resolución afirma que el candidato apoyado por los trabajadores no resultó electo y que existió por parte de la Administración entrante, indicios de posibles desvinculaciones, así la testigo da cuenta de un hecho que consta en redes sociales. Se trata de un Live en que la actual alcaldesa señaló que no permitiría a nadie en el municipio por motivos políticos. Por otro lado, los despidos de 32 trabajadores –que coincidentemente participaron en la campaña política– la forma en que eran llamados ‘los fachos’; generan indicios suficientes de la discriminación por razones políticas alegada, correspondiendo, en consecuencia, a la empleadora desvirtuarlos. Así, la demandada, al fundamentar las desvinculaciones habla de términos de contratos anuales, desconociendo la trayectoria laboral de todos y cada uno de los actores.

La resolución agrega que ninguna probanza incorporó la demandada, en orden a acreditar la existencia de investigaciones sumarias, calificaciones deficientes o anotaciones en las hojas de vida de cada uno de los funcionarios demandantes. Añade, por otra parte la entidad Edilicia que los servicios ya no eran requeridos, y que no existiría renovación de los contratos, que este hecho, no ha sido acreditado; al contrario conforme a la prueba testimonial, actualmente las funciones que ejercían los actores son desarrolladas ‘por varios trabajadores, sin un resultado satisfactorio’.

Por tanto, se resuelve que los actores y la demandada se relacionaron por medio de un vínculo de subordinación y dependencia, amparado por el derecho laboral.

Se acoge la demanda por vulneración de derechos con ocasión del despido en contra de la Ilustre Municipalidad de Curanilahue declarándose que el despido ha sido discriminatorio, condenando a la demandada al pago de prestaciones e indemnizaciones a cada uno de los actores.

La entidad vencida, deberá publicar un lugar visible de la comuna, que la Municipalidad promueve la no discriminación laboral y el derecho a la libertad del trabajo y su protección, por expreso mandato de esta sentencia a la que deberá hacer mención, con su respectivo.

 

Vea sentencia Rol T-3-2022

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