Juicio ejecutivo.
Norma del Código de Procedimiento Civil que regula la tasación de inmuebles en el procedimiento ejecutivo, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la aplicación del precepto en el caso concreto vulnera preceptos constitucionales, afectando la igualdad de la relación procesal.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, parte del inciso primero del artículo 486 del Código de Procedimiento Civil.
El precepto impugnado establece:
“La tasación será la que figure en el rol de avalúos que esté vigente para los efectos de la contribución de haberes, a menos que el ejecutado solicite que se haga nueva tasación […]”. (Art. 486, inciso primero).
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