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Tribunal Constitucional se opone a la realización de audiencias nocturnas en el Congreso al no poder ser fiscalizadas por el público.

No corresponde este tipo de sesiones fundadas en la excesiva carga legislativa, pues el Congreso debe ser un espacio de deliberación abierta y transparente.

27 de junio de 2022

El Congreso de Perú sesionó y aprobó diversas leyes en sesiones nocturnas que culminaban a las 5:30 de la mañana. Según la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, esto obedeció a la necesidad de debatir temas que estaban pendientes.

En tal sentido, indica que, “(…) Hay muchos temas en agenda y ya se está terminando la legislatura, muchos presidentes de comisiones me piden sus proyectos de ley”, indicó la parlamentaria.

Esta decisión fue cuestionada por diversos congresistas, entre ellos Susel Paredes, quien se mostró en contra de realizar plenos de madrugada, puesto que ello implica que la ciudadanía no pueda fiscalizar a los congresistas.

Algunos de los proyectos de ley y acuerdos que fueron aprobados son, a) Proyectos de ley 358 y 784 para eliminar el límite de edad máxima para el ejercicio de la docencia universitaria; b) Conformación de una nueva Comisión Especial para seleccionar a candidatos a defensor del Pueblo; c) Proyecto de ley 197 para incorporar especializaciones técnicas en la educación básica regular y alternativa; d) Proyectos de ley que proponen la promoción y fortalecimiento de la acuicultura; entre otros.

Sobre el particular, ya en el año 20202 el Tribunal Constitucional (TC) atendió una demanda interpuesta en contra la ley que suspendió el cobro de peajes en la red vial nacional, departamental y local concesionada, durante el estado de emergencia sanitaria, la cual, por unanimidad, fue declarada inconstitucional. En tal sentencia, se hizo una precisión sobre los debates que se realizan en el Congreso, al considerar que, “dicho espacio parlamentario es el de la deliberación abierta y transparente”.

Por ello, el TC consideró que no resulta correcto que los debates congresales se realicen de madrugada, cuyo desarrollo pocos pueden ve, e indica que “(…) El Congreso más bien debe caracterizarse por una dinámica dialógica, en cuyas discusiones, insisto, en la medida de lo posible deben participar todos los actores involucrados en las materias debatidas”.

 

Vea texto íntegro de la sentencia del Tribunal Constitucional.

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